Aprobado un real
decreto para proteger a pacientes y sanitarios de la exposición a radiaciones
médicas
El Consejo de Ministros ha aprobado este viernes, a
propuesta de la ministra de Sanidad, Consumo y Bienestar Social en funciones,
María Luisa Carcedo, un real decreto en el que se establecen nuevas reglas,
garantías y requisitos para extremar la protección de pacientes y profesionales
ante la exposición a radiaciones médicas ionizantes.
El proyecto transpone parcialmente la Directiva
2013/59/Euratom por la que se ponen en marcha normas de seguridad básicas para
la protección contra los peligros derivados de la exposición a radiaciones
ionizantes, en lo relativo a las exposiciones médicas.
Además, con la aprobación del real decreto se pretende dar
respuesta a la necesidad de tener "más rigor" ante el incremento de
estas exposiciones debido a las novedades tecnológicas y científicas y a la
introducción de nuevos procedimientos en la práctica clínica.
De esta forma, se reforzarán la información a los
pacientes, la notificación de las dosis de radiación de cada procedimiento y
los programas de control de calidad del equipamiento. Al mismo tiempo, tal y
como han informado desde el Ministerio de Sanidad, con este proyecto también se
definen de forma más clara las responsabilidades de los profesionales
implicados.
Una de las principales aportaciones del RD es la definición
de las condiciones de aplicación de estas técnicas con el fin de que las
exposiciones radiológicas tengan un beneficio neto respecto al riesgo asumido y
que se mantengan las dosis individuales tan bajas como sea razonablemente
posible.
Además, regula aspectos novedosos como la protección de la
infancia, la mujer durante el embarazo y la lactancia, las personas cuidadoras,
los voluntarios que participan en programas de investigación, las exposiciones
accidentales y los procedimientos que impliquen altas dosis para el paciente.
Asimismo reconoce el derecho de los pacientes a ser
informados sobre los riesgos y beneficios de las pruebas y de las dosis a las
que se exponen, información que debe ser proporcionada por el prescriptor y el
profesional sanitario responsable de la exposición. Dicha información debe
estar recogida en el informe dosimétrico, que formará parte de la historia
clínica.
FORMACIÓN Y RESPONSABILIDADES
Del mismo modo, el citado RD contempla la formación de los
profesionales en Protección Radiológica tanto en los planes de estudios de
Pregrado como en los programas de Oncología Radioterápica, Radiodiagnóstico,
Medicina Nuclear y otras especialidades.
Incluye la de los técnicos superiores habilitados como
operadores y la formación continuada. Al mismo tiempo, el texto actualiza y
delimita las responsabilidades de los profesionales que intervienen en los
diferentes procedimientos radiológicos y unidades asistenciales.
Así, están definidas y adecuadamente sistematizadas las
funciones del prescriptor, el profesional sanitario habilitado y el
operador, con especial referencia al especialista en Radiofísica Hospitalaria.
Otro de los aspectos esenciales que se recogen en la norma son los requisitos
técnicos para los equipos médicos-radiológicos, los cuales se refieren
fundamentalmente a su capacidad de informar sobre la cantidad de radiación
producida y los parámetros necesarios para evaluar la dosis administrada al
paciente.
Finalmente, la norma establece que los equipos instalados
antes del 6 de febrero de 2018 estarán exentos de dichos requisitos. Esta transposición
es parcial porque la Directiva afecta a las competencias de varios Ministerios:
Transición Ecológica, que ya ha aprobado una Orden de transposición parcial;
Fomento; Industria, Comercio y Turismo; Interior y Sanidad, Consumo y Bienestar
Social. En total, está previsto aprobar o modificar un total de ocho Reales
Decretos.
Fuente
documental:
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