miércoles, 11 de mayo de 2016

El carisimo "dedo" del SESPA


Hoy me advertía un amigo para que entrase a leer en el muro de Facebook que administra cierto personaje de infausto recuerdo para la Sanidad Pública asturiana en general, y para algunas familias en particular.
Y es que a día de hoy parece no haberse enterado, que su único gran logro, fue el de desestabilizar a todos los niveles, la entonces ya renqueante sanidad pública de nuestra región. La cual antes de su llegada al cargo andaba entre algodones, pero que más tarde, y gracias a su nefasta gestión, fui vilmente apuntillada, llevándonos a donde hoy desgraciadamente nos encontramos.
Claro que lo que me llama poderosamente la atención, es que hoy día, después de casi un año de haber abandonado el cargo, continúe rezumando bilis contra todos aquellos que no opinaban como el. Cuando el tiempo, pero sobre todo, las sentencias judiciales vinieron a demostrar, quien a fin de cuentas aquellos que le recriminaban su actitud tenían razones de sobra para hacerlo.
Aunque lo más repugnante del caso, son ese grupo de estómagos agradecidos, que aún a día de hoy le ríen las gracias, dando con ello muestras de un sectarismo, que los deja perfectamente retratados a todos.
En su día lo cesaron, porque no deberíamos de olvidar que fue defenestrado, y enviado a reciclarse a Jove, donde continúa sin saber diferenciar, lo que es un adversario político, y un enemigo público, seguramente porque no dispone de un espejo donde mirarse.

Aquí les dejo la siguiente publicación, con la sana intención de que lo lea todo el mundo. Sería deseable que lo hicieran sobre todo aquellos de cortas luces. Aquellos  que aún a día de hoy no saben o no quieren saber como funcionaba la Consejería de Sanidad en manos de aquel personaje, de cuyo nombre prefiero no acordarme. Pues no dejo más que  un infausto recuerdo  en la memoria de todos aquellos que tienen, o tuvieron algo que ver con el mundo de la sanidad pública en Asturias.
Claro que más de uno seguramente que se verá reflejado en el contenido de eta sentencia, porque a día de hoy,  algunos continuan ocupando cargos, gracias a “aquel dedo”. 
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redacción médica

http://www.redaccionmedica.com/images/icon_editor_noticia_v6.jpgSERGIO LÓPEZ
Martes, 10 de mayo de 2016, 

Es ilegal nombrar directores de unidades de gestión clínica 'a dedo'

Una sentencia anula la provisión "ad hoc" y exige que todos los perfiles figuren en la plantilla orgánica de Sanidad

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Asturias acaba de declarar parcialmente nulos los concursos llevados a cabo hasta ahora por el método de libre designación en el Servicio de Salud del Principado de Asturias (SESPA). En una sentencia, el alto tribunal establece que en adelante han de ajustarse los requisitos del Estatuto de la Función Pública, para garantizar que se respetan los principios de igualdad, mérito y capacidad.


El fallo, que tiene transcendencia para todos los servicios de salud y no solo el asturiano -puesto que atañe a la normativa básica estatal-, establece que los criterios de selección para las plazas a concurso no pueden variarse para cada proceso y que se tienen que ajustar a una especie de ‘catálogo’, con una descripción de lo que se requiere para cada puesto en la plantilla orgánica.



La sentencia anula el método de libre designación previsto para los directores de Área y Unidad de Gestión Clínica, una forma de provisión excepcional “que no se ha justificado de ninguna forma por el SESPA en la plantilla orgánica”. También deben figurar los perfiles de las plazas, que no podrán establecerse por convocatorias ad hoc, si no figuran en la plantilla orgánica, “para evitar evidentes riesgos de arbitrariedad y predeterminación de los adjudicatarios de las mismas”.



El TSJ también indica que se debe hacer constar no sólo la denominación genérica del puesto de trabajo y el complemento de destino, sino que debe reflejarse el resto de las retribuciones complementarias que cobra el personal estatutario, complemento específico, de productividad –fija y variable–, el complemento de atención continuada y el complemento de carrera, “todo ello en cumplimiento del artículo 74 del Estatuto Básico del Empleado Público, que ha sido incumplido por el Sespa”, según hace constar el TSJ.



Por último, la sentencia, que se produce a raíz de una demanda del Sindicato Médico de Asturias (Simpa), también establece que los profesores vinculados no pueden ser adjetivados como laborales o estatutarios. Desde el Simpa se ha valorado muy positivamente, ya que, según ha explicado un portavoz, puede contribuir a terminar con las convocatorias  “a la carta” en los servicios de salud autonómicos.


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