jueves, 3 de octubre de 2013


Ayer en el FUTURO HUCA se escenifico otro "charlotada".



El Consejero de Sanidad del Principado de Asturias, Faustino Blanco González, con la complicidad del Presidente de la Autonomía Asturiana Javier Fernández alías “El mudo”, que es quien lo mantiene de forma irresponsable al frente de susodicha consejeria, no responde a mi escrito denuncia transcurridos 90 días,  y se esconde tras el silencio administrativo que la ley les permite, pero que ante la gravedad de los hechos denunciados, no es ni ético, y mucho menos estético hacerlo, para que sepan que los afectados estamos bien asesorados, aquí le dejo el articulo que protege mis derechos, dejando con ello una vez más sus miserias al aire.

 

Aplicase a Ley 30/1992 (del Estado), que dice lo siguiente (art. 42):

1. La Administración está obligada a dictar resolución expresa en todos los procedimientos y a notificarla cualquiera que sea su forma de iniciación....

2. El plazo máximo en el que debe notificarse la resolución expresa será el fijado por la norma reguladora del correspondiente procedimiento. Este plazo no podrá exceder de seis meses salvo que una norma con rango de Ley establezca uno mayor o así venga previsto en la normativa comunitaria europea.

3. Cuando las normas reguladoras de los procedimientos no fijen el plazo máximo, éste será de tres meses. Este plazo y los previstos en el apartado anterior se contarán:
a) En los procedimientos iniciados de oficio, desde la fecha del acuerdo de iniciación.
b) En los iniciados a solicitud del interesado, desde la fecha en que la solicitud haya tenido entrada en el registro del órgano competente para su tramitación.


Resumiendo: que deben contestar y que tienen un plazo de 3 meses desde el registro la queja. ( Número de registro 19810, de 2 de julio de 2013)

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