La mayor indemnización por negligencia
médica de la historia de España
Los padres de un niño que
sufrió una parálisis cerebral debido a un retraso de diagnóstico durante el
parto recibirán 3,3 millones de euros por parte de la aseguradora condenada
Un juzgado de
Madrid ha condenado a la aseguradora Sanitas a pagar 1,9 millones
de euros y otros 1,4 en intereses a la familia de un niño que
sufrió una parálisis cerebral debido a un retraso de diagnóstico durante el
parto, en la mayor indemnización que se concede en España por una negligencia
médica.
En su
sentencia, que es firme, el juzgado de primera instancia número 20 de Madrid
estima parcialmente la demanda presentada por la familia del paciente y obliga
a la aseguradora a indemnizarle, al entender que las secuelas que
sufre el menor son producto de una negligencia médica en la
atención del parto, que tuvo lugar en la Clínica Dexeus de Barcelona en la
Diada de Sant Jordi de 2005.
Además de los
1,9 millones de euros por las secuelas reconocidas, la sentencia obliga a
Sanitas a pagar otros 1,4 en intereses de demora, desde el año 2012, al aplicar
un criterio que multiplica el importe de la indemnización: el interés legal más
un 50 % durante los dos primeros años y más un 20 % a partir del tercero.
Según Rafael
Martín Bueno, abogado de la familia demandante y colaborador de la asociación
de víctimas de negligencias sanitarias AVINESA, la suma total supone la
mayor indemnización concedida por la justicia en España en un
caso de deficiente asistencia médica.
En su
sentencia, el juzgado reconoce que el retraso en el diagnóstico de un hematoma
que presentaba la madre del menor en la placenta desencadenó las secuelas que
ahora sufre el niño, una parálisis cerebral con tetraparesia distónica grave
-falta de movilidad en las cuatro extremidades-, retraso madurativo, pérdida de
agudeza visual binocular grave y crisis convulsivas.
Según la
sentencia, la mujer acudió a urgencias de la Clínica Dexeus con dolor abdominal
y sangrado debido a un hematoma en la placenta, pero no se la
intervino hasta siete horas más tarde, tiempo en que el feto
permaneció sin recibir nutrientes ni oxígeno, porque los facultativos tardaron
más de seis horas en valorar los resultados de las analíticas.
Pese a que en
esa situación era recomendable practicar una cesárea urgente, la
extracción del niño se retrasó otros 50 minutos dado que el ginecólogo no
estaba disponible, mientras el protocolo de la Sociedad Española de
Ginecología y Obstetricia establece que debe intervenirse como máximo en un
plazo de media hora.
Para fijar la
indemnización a la familia del menor, la juez ha tenido en cuenta los gastos
médico-sanitarios que requiere tanto ahora como en el futuro, que incluyen
tratamientos de fisioterapia y logopedia, la asistencia a un centro de
educación especial, el uso de sillas de ruedas autopropulsada y las ayudas
técnicas que precisa para el hogar, entre otras cuestiones.
Fuente documental:
https://www.burgosconecta.es/sociedad/salud/indemnizacion-negligencia-medica-20181025173444-ntrc.htm
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