Asturias
encabeza las condenas por errores y retrasos en los diagnósticos
Un estudio señala que es la comunidad con más sentencias desfavorables en
función de su número de camas. La mayoría corresponden a pacientes oncológicos
y neurológicos fallecidos
En derecho se conoce como
la pérdida de oportunidad asistencial y comenzó a aplicarse en la
jurisprudencia española en 2002. Para los pacientes supone no llegar a curarse
por un error o por una omisión en la diligencia médica, es decir, que el error o
el retraso de diagnóstico puede generarle lesiones irreversibles o el
fallecimiento. En apenas 12 años se han registrado 522 sentencias
condenatorias dentro del ámbito de la medicina pública. De esas 522, 30
fueron por negligencias en hospitales asturianos. Aunque en términos absolutos
regiones como la Comunidad Valenciana o Madrid tuvieron muchas más, el
Principado encabeza el indicador en términos relativos. Para poder comparar
territorios, lo que se ha hecho ha sido introducir como referencia no el número
de habitantes sino el de camas hospitalarias. Asturias encabeza el ránking de
fallos judiciales que dan la razón a los pacientes o a sus familiares, junto
con Castilla y León.
Así queda de manifiesto en
el artículo Responsabilidad por pérdida de
oportunidad asistencial en la medicina pública española, que tiene
como primer autor a Carlos Sardinero, especialista en derecho sanitario. Esta
investigación profundiza en otra adelantada hace menos de un año que se
centraba en los fallos judiciales vinculados únicamente con fallos de
diagnóstico en el cáncer. Ya aquel trabajo revelaba que Asturias era una de las
comunidades con más sentencias condenatorias en proporción con el número de
camas. Ahora el abanico se abre a todo tipo de patologías médicas, quirúrgicas
y materno-infantiles y la conclusión es muy similar.
Las
indemnizaciones son otro aspecto esencial de este trabajo que ha requerido de
una milimétrica labor de recopilación. «¿Cuánto vale una semana de vida?»,
se pregunta Carlos Sardinero, que lamenta que no exista un criterio unánime a
la hora de establecer el daño causado. Explica que hay tres formas de calcular
las compensaciones: aplicando el baremo de las víctimas de tráfico (ya que no
existe uno específico sanitario), por un porcentaje hipotético de posibilidad o
a tanto alzado, con el que se fija una cantidad sin saber exactamente a qué
corresponde. Esta última es la que más está aplicando, con diferencia, en las
sentencias por pérdida de oportunidad asistencial.
Sea cual sea el método
utilizado por los tribunales, el estudio concluye que la cantidad que se
concede es muy inferior a la que se reclama. Asturias, con una horquilla en las
indemnizaciones que oscila entre los 5.000 y hasta los 60.000 euros, está en la
media nacional. En Madrid, sin embargo, lo habitual es que, sea cual sea el
caso, la cantidad no pase de 18.000 euros. «Hay una clara diferencia de trato
en función del lugar en el que residas», insiste el letrado, que atribuye este
desequilibrio territorial a «un caos en la jurisprudencia».
El estudio, al detalle
Del análisis de las
sentencias, Sardinero y el equipo de investigadores que lo secunda han
observado que la mayoría de las reclamaciones por errores o retrasos en el
diagnóstico son en paciente varones y por enfermedades relacionadas,
precisamente, con la oncología, o con la neurología. Casi el 90% fueron
impuestas contra la comunidad autónoma y sus aseguradoras. El mayor volumen de
fallos negativos es por errores a la hora de determinar la patología pero
también hay algunos por tratamientos inadecuados. Casi seis de cada diez
pacientes fallecieron y el caso los llevan a los tribunales sus familiares.
Cómo calcular el daño que
se ha podido producir y con cuánto dinero se debe compensar a los enfermos o a
sus familias en caso de muerte. Sardinero no responde a esta pregunta pero sí
pone de manifiesto la escasa compensación que los tribunales conceden. Los
fallos judiciales demuestran que la cuantía final es siempre inferior a la
reclamación inicial. Son muy pocas las que superan los 100.000 euros. La
proporción de resarcimientos más elevados son los concedidas a pacientes
pediátricos y por malformaciones fetales no detectadas durante la fase del
embarazo. En esos casos puede llegar a concederse a los padres más de medio
millón de euros. «Las condenas reducen significativamente la cantidad
reclamada, porque parece que los juzgadores no quieren responsabilizar de todo
el daño al facultativo», concluye.
Las sentencias por pérdida
de oportunidad asistencial en la medicina española han crecido
exponencialmente, sobre todo a partir del 2010. Sin embargo, no en todas las
comunidades aplican la teoría con la misma frecuencia. Eso explica, por
ejemplo, que de Cataluña los investigadores solo hayan conseguido recopilar
nueve casos en todo este tiempo. Sardinero precisa que son «procesos de alto
riesgo judicial» en los que los pacientes o sus familias no siempre encuentran
el resarcimiento que esperaban ni tampoco lo que consideran justicia .
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