El docente recibió un e-mail de Educació instándole a inocularse para poder seguir dando clase
Los efectos
secundarios de la vacuna contra la covid pueden considerarse un accidente de
trabajo y no una enfermedad común. Esta es la conclusión de una pionera
sentencia de un juzgado de Barcelona que da la razón a Pedro García, un
profesor de secundaria que en el 2021 tenía 47 años y que, junto a miles de
servidores públicos, fue vacunado en un clima público de “salvamento”.
García alegó en su demanda judicial que
recibió un e-mail del Departament d’Educació instándole a vacunarse y que no
fue informado de las posibles secuelas del fármaco; también remarcó que no pudo
elegir qué vacuna inocularse, y que recibió la de Astrazeneca.
La sentencia puede ser recurrida, pero si
llegara a ser confirmada por el Tribunal Supremo podría tener enormes
repercusiones económicas, dada la mayor cobertura asistencial que tienen los
accidentes de trabajo frente a las enfermedades comunes.
La sentencia puede ser recurrida, pero si
llegara a ser confirmada por el Tribunal Supremo podría tener enormes
repercusiones económicas
La
ley general de la Seguridad Social establece que accidente de trabajo es aquel,
entre otros, que ocurra “en actos de salvamento y en otros de naturaleza
análoga, cuando unos y otros tengan conexión con el trabajo”.
Pedro García fue vacunado el 24 de febrero
de 2021 y menos de un mes después, el 17 de marzo, acudió a urgencias del
Hospital del Mar de Barcelona. Quedó ingresado por “tromboembolismo pulmonar
bilateral de alta carga, hemorragia alveolar, trombosis porto-esplénica y
plaquetopenia”. Estuvo muy grave, y de baja laboral continuada hasta el 14 de
julio del año siguiente.
La sentencia remarca la idea de salvamento
que cundió socialmente aquellos meses, y que como profesor de un instituto
público debió acatar García.
La resolución de la titular del Juzgado de
lo Social número 31 de Barcelona subraya que, según la misma ley, los
accidentes de trabajo son también los ocurridos “con ocasión o por consecuencia
de las tareas que, aun siendo distintas a las de su grupo profesional, ejecute
el trabajador en cumplimiento de las órdenes del empresario o espontáneamente
en interés del buen funcionamiento de la empresa”.
En su demanda, representada
por el abogado Francesc Feliu, de Feliu Fins Espacio Jurídico, García esgrimió
que acudió “al llamamiento de la responsabilidad social de la ciudadanía” por
parte de las autoridades, para que los servidores públicos se vacunasen,
configurándose ese llamamiento “como una obligación ética, moral y legal” y
como “un deber colectivo y de responsabilidad individual ante la situación
caótica” causada por la pandemia. Feliu tiene varias decenas de casos similares
en cartera.
El Departament d’Educació y la mutua Asepeyo -que
asume las contigencias laborales públicas- alegaron que la vacuna no era
obligatoria y que García se vacunó voluntariamente.
La jueza admite que “los protocolos no determinan de
forma tajante y directa la voluntariedad en la vacunación pero no debe
olvidarse la prescripción del artículo 14 del Estatuto de los Trabajadores”,
que los obliga a “observar en su trabajo las medidas legales y reglamentarias
de seguridad y salud” en su ámbito profesional.
También subraya que “ninguna de las demandadas
solicitó el interrogatorio” de García para comprobar si lo obligaron a
inocularse o no, y toma como referencia el correo electrónico “en el que
literalmente se indica al trabajador que solicite día y hora para vacunarse,
agradeciendo su colaboración”. Con todo eso, García acudió a pincharse.
En total, el personal docente al que se hizo ese
llamamiento en España fue de 1.069.726 personas.
El demandante no tenía antecedentes médicos relevantes
ni factores de riesgo que pudieran actuar como causas alternativas a los
trombos que le llevaron a cuidados intensivos. Por ello, “se puede establecer
una relación de causalidad” entre la vacuna y el cuadro de trombosis que
padeció. “Existe por tanto relación de causalidad entre el virus, la vacuna y
las consecuencias de la misma tanto a nivel positivo, control de la pandemia,
como a nivel negativo, efectos adversos del suministro de la vacuna como sucede
en el presente caso”, dice la jueza, que ha sido inusualmente rápida en su
resolución: el juicio tuvo lugar el lunes 17 de marzo, y la sentencia fue
notificada a las partes el jueves 20.
En total, el personal docente al que en España se hizo un llamamiento a vacunarse
fue el de 1.069.726 personas.
Un informe del Ministerio de Sanidad aportado a la
causa admitía que “el síndrome de trombosis con trombocitopenia es una reacción
adversa identificada e incluida en la ficha técnica y prospecto de la vacuna
Vaxzevria, con frecuencia de aparición muy baja”.
“No obstante –añadía- en la fecha de administración de
la vacuna, el beneficio de la vacuna frente a covid-19 en la prevención de
hospitalización y muerte (…) superaba el riesgo de posibles reacciones
adversas”.
Del mismo modo, decía que “la Administración ha
actuado correctamente, difundiendo información y recomendaciones actualizadas
en todo momento y elaborando y difundiendo información específica accesible a
todos los ciudadanos” y recordaba que en los portales públicos sanitarios
existía información suficiente, para profesionales sanitarios y para ciudadanos
de a pie, para consultar sobre sospechas de reacciones adversas a las vacunas.
Añadía que la receta no era necesaria en la vacunación contra la covid.
García, que volvió al trabajo, necesitará medicación
crónica a consecuencia de la enfermedad contraída con la vacuna.
En el Reino Unido, Astrazeneca afronta una demanda
colectiva por 51 casos de muertes o daños graves que supuestamente provocó su
vacuna, desarrollada con la Universidad de Oxford. Los denunciantes reclaman
daños y perjuicios por más de 100 millones de libras.
En mayo del 2024 Astrazeneca anunció que abandonaba la vacuna anticovid por
razones comerciales.
Hace un año, en un documento presentado ante el
Tribunal Superior, la farmacéutica anglo-sueca admitió por primera vez que su
vacuna “puede, en casos muy raros, causar TTS”, siglas en inglés del síndrome
de trombosis con trombocitopenia. En mayo del 2024 Astrazeneca anunció que
abandonaba la vacuna anticovid por razones comerciales.
En España, un total de 39.292.599 millones de personas
recibieron, entre diciembre del 2020 y junio del 2023, al menos una dosis de la
vacuna. La mayoría, 28,9 millones, recibieron la vacuna de Pfizer; 5,3
millones, de Moderna; 5,1 de Astrazeneca, y 1,9 de Janssen.
Fuente documental:
https://www.lavanguardia.com/vida/20250321/10504915/juez-reconoce-accidente-laboral-trombos-vacuna-covid-causo-profesor.html
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